CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE PETRÓLEOS - CPIP
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LAS FUNCIONES DEL CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERIA DE PETROLEOS SON:
 
Otorgar matriculas profesionales
Una de las funciones del CPIP es la expedición de la Matrícula Profesional a los Ingenieros de Petróleos, documento indispensable para el ejercicio de la profesión, tal como establece el artículo 2º de la Ley 20 de 1984.
Formulario No.1 - Ingenieros de Petróleos Colombianos graduados en Colombia
Formulario No.2 - Ingenieros de Petróleos Colombianos graduados en el exterior
Otorgar Licencias Especiales Temporales
Formulario No.3 - Ingenieros de Petróleos Extranjeros
Formulario No.4 - Técnicos Extranjeros
Expedición Duplicados Tarjetas Profesionales
Formulario No.5 - Duplicados
Expedición Cambio de Tarjetas Profesionales
Formulario No.6 - Por deterioro o actualización al nuevo formato con foto
Actualización Datos Ingenieros Matriculados
Formulario No.7
Controlar y Vigilar el Ejercicio de la Profesión de Ingeniería de Petróleos
  Igualmente, el CPIP adelanta programas en pro del mejoramiento del desarrollo profesional en todas las áreas, acorde con los cambios estructurales, científicos y sociales de la nación.
  Actividades con las Universidades que ofrecen el programa de Ingeniería de Petróleos, Entidades oficiales e Industria, tendientes a mejorar el perfil del ingeniero que gradúan, para adaptarlo a las circunstancias de la industria en el país.
Ley 20
Decreto1412
Reglamento Interno
Código de Etica
 
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P.B.X. 704 53 00 - Bogotá D.C.
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